Pensión IMSS agosto 2026: fecha oficial del depósito y quiénes recibirán un aumento por la Ley 73

Pensión IMSS agosto 2026: Millones de personas pensionadas y jubiladas en México ya tienen certeza sobre uno de los datos financieros más consultados cada mes: la fecha oficial del depósito de la pensión IMSS correspondiente a agosto de 2026. El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó, a través de su calendario oficial de pagos, cuándo se realizará la octava dispersión de recursos del año, un dato clave para más de 4.5 millones de derechohabientes que dependen de este ingreso para cubrir sus gastos mensuales.

Además de la fecha de pago, este mes trae consigo una noticia relevante para un grupo específico de beneficiarios de la Ley 73: un ajuste que representa un incremento significativo en el monto que reciben mensualmente, derivado de una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En este artículo te explicamos, con todo el detalle oficial, la fecha exacta del depósito, el calendario completo para lo que resta de 2026, los montos vigentes de la pensión mínima garantizada y quiénes son las personas que podrán ver un aumento en su pensión este mes.

Fecha Oficial del Depósito de la Pensión IMSS en Agosto 2026

De acuerdo con el calendario oficial del Instituto Mexicano del Seguro Social, el pago de la pensión correspondiente a agosto de 2026 se realizará el lunes 3 de agosto, y no el primer día del mes como ocurre habitualmente.

¿Por qué se retrasa el depósito?

El IMSS tiene como regla permanente depositar las pensiones el primer día hábil de cada mes. Sin embargo, en agosto de 2026 el día 1 cae en sábado, considerado día inhábil para las operaciones bancarias en México. Como consecuencia:

  • El sábado 1 de agosto no cuenta como día hábil bancario.
  • El domingo 2 de agosto tampoco es un día laborable.
  • El depósito se recorre automáticamente al lunes 3 de agosto, primer día hábil disponible.

Este ajuste no representa un retraso administrativo ni un problema en el sistema del IMSS, sino una aplicación normal del calendario bancario y del esquema de pagos que rige tanto para la Ley 73 como para la Ley 97, ya que no existen diferencias entre ambos regímenes respecto a la fecha en que se realiza la dispersión de recursos.

¿Aplica la misma fecha para todos los pensionados?

Sí, con una precisión importante:

  • Quienes reciben su pensión directamente del IMSS mediante depósito bancario deberán esperar hasta el lunes 3 de agosto.
  • Quienes cobran a través de una aseguradora o de una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore) deben verificar las fechas establecidas por esas instituciones, ya que sus procesos internos de dispersión pueden variar ligeramente respecto al calendario del IMSS.

Vale la pena mencionar que el ISSSTE, el otro gran instituto de seguridad social del país, adelantó su depósito de agosto al jueves 30 de julio, por lo que sus pensionados recibirán el recurso antes que los del IMSS este mes.

Calendario Oficial de Pagos IMSS para el Resto de 2026

Para que los pensionados puedan planificar con anticipación sus finanzas, el IMSS publicó también las fechas de depósito para los meses restantes del año. Estas son las fechas confirmadas:

  • Septiembre 2026: martes 1 de septiembre
  • Octubre 2026: jueves 1 de octubre
  • Noviembre 2026: lunes 2 de noviembre
  • Diciembre 2026: martes 1 de diciembre

Además, el Instituto confirmó que la primera parte del aguinaldo para las personas pensionadas será entregada durante la primera quincena de noviembre, tal como lo establece el calendario anual de prestaciones.

Recomendaciones del IMSS para el cobro

El Instituto recomienda a los pensionados:

  • Evitar acudir a la sucursal bancaria justo el primer día del depósito, ya que suele concentrarse una mayor afluencia de personas.
  • Verificar que el depósito se haya reflejado correctamente antes de intentar retirar el dinero, ya sea por transferencia o en ventanilla.
  • Consultar el estatus del pago en caso de no ver reflejado el recurso en la fecha programada.

Si el depósito no aparece en la cuenta en la fecha establecida, los pensionados pueden:

  1. Llamar al 800 623 23 23, opción 3 (Pensionados), para recibir orientación sobre el estatus de su pago.
  2. Acudir a su Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar correspondiente para solicitar una aclaración.
  3. Presentar una “Solicitud para el pago de mensualidades no cobradas o reclamo de diferencias relativas a la pensión” (formato IMSS-01-029-A) en caso de que exista una diferencia o un pago no cobrado.

Monto de la Pensión Mínima Garantizada bajo la Ley 73 en 2026

Uno de los datos más buscados por los pensionados de la Ley 73 es el monto de la pensión mínima garantizada, es decir, la cantidad más baja que puede recibir un jubilado si cumple con los requisitos legales establecidos.

Para 2026, este monto es de $10,636.54 pesos mensuales, cifra que se mantiene vigente en agosto y que resulta de:

  • El salario mínimo general vigente en México.
  • Un incremento adicional histórico del 11%, vigente desde 2001.
  • Los ajustes anuales derivados del comportamiento de la inflación y de las revisiones salariales.

¿Quién tiene derecho a la pensión mínima garantizada?

Este beneficio aplica exclusivamente a las personas que:

  • Cotizaron al IMSS bajo el régimen de la Ley 73, es decir, quienes comenzaron a trabajar formalmente antes del 1 de julio de 1997.
  • Acumularon un mínimo de 500 semanas de cotización.
  • Alcanzaron la edad mínima de retiro establecida por la ley: 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada, o 65 años para pensión por vejez.

Es importante distinguir este esquema del correspondiente a la Ley 97, ya que en ese régimen la pensión garantizada no es un monto único, sino una tabla que varía según tres factores: el salario base promedio del trabajador (expresado en UMA), las semanas cotizadas y la edad del beneficiario. Mientras que la pensión mínima de la Ley 73 se actualiza conforme al salario mínimo, la garantizada de la Ley 97 se ajusta con base en el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).

¿Quiénes Recibirán un Aumento por la Ley 73 este Agosto?

La noticia más relevante de este mes para el universo de pensionados de la Ley 73 no tiene que ver con el calendario, sino con una resolución judicial que modifica de forma permanente el monto que reciben ciertos beneficiarios de pensiones por viudez y orfandad, específicamente en los casos de pensión por ascendencia.

El origen del cambio: una resolución de la Suprema Corte

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó una diferencia establecida en la Ley del Seguro Social de 1973 entre los distintos familiares de un trabajador fallecido que tienen derecho a una pensión. Bajo el esquema anterior:

  • El cónyuge o concubino sobreviviente tenía derecho al 90% de la pensión del trabajador fallecido.
  • Los padres del asegurado fallecido, cuando dependían económicamente de él, solo recibían el 20%, siempre que no existiera cónyuge ni hijos con derecho a la pensión.

La Corte determinó que esta diferencia de porcentajes vulneraba el principio constitucional de igualdad, al otorgar un trato claramente inferior a los ascendientes (padres) sin que existiera una justificación válida para ello.

¿En qué consiste el aumento?

Como resultado de este criterio judicial, se estableció un ajuste automático del 70% en los depósitos mensuales de los beneficiarios afectados. Esto significa que los padres de un asegurado fallecido —cuando no exista cónyuge, concubino o hijos con derecho a la pensión— dejarán de recibir el 20% original para acceder a un porcentaje equivalente al que históricamente correspondía al cónyuge sobreviviente.

¿Quiénes son elegibles para este aumento?

El ajuste beneficia específicamente a:

  • Padres o madres de un trabajador asegurado que haya fallecido.
  • Casos en los que no exista cónyuge ni concubino con derecho a la pensión.
  • Casos en los que no existan hijos que tengan derecho a recibir la pensión.
  • Beneficiarios que puedan acreditar dependencia económica respecto del trabajador fallecido, conforme a los requisitos que establece la Ley del Seguro Social de 1973.

Este es un cambio de fondo en la interpretación de los derechos de pensión por fallecimiento y representa un precedente relevante para futuros casos similares dentro del régimen de la Ley 73.

Otros Factores que Determinan el Monto de tu Pensión

Es importante recordar que el monto que cada persona pensionada recibe no es uniforme, ya que depende de múltiples variables:

  • El régimen bajo el cual se pensionó: Ley 73 o Ley 97.
  • Los años cotizados ante el IMSS.
  • El salario base utilizado para el cálculo de la pensión, generalmente promediado sobre las últimas 250 semanas cotizadas.
  • Los incrementos autorizados previamente conforme a revisiones anuales.
  • Las asignaciones familiares adicionales, en el caso de la Ley 73, para quienes tengan registrados ante el Instituto a un cónyuge, hijos o padres que dependan económicamente de ellos.

Adicionalmente, algunos adultos mayores pueden recibir un ingreso complementario si también son beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, un apoyo del gobierno federal que se entrega de manera independiente a la pensión del IMSS y que no debe confundirse con esta.

Preguntas Frecuentes sobre la Pensión IMSS de Agosto 2026

¿Cuándo se deposita la pensión del IMSS en agosto 2026? El depósito se realizará el lunes 3 de agosto de 2026, debido a que el primer día del mes cae en sábado.

¿Por qué el pago no es el primer día del mes? Porque el IMSS solo deposita en días hábiles bancarios. Cuando el día 1 coincide con sábado, domingo o día festivo, el pago se recorre al siguiente día laborable.

¿La fecha aplica igual para Ley 73 y Ley 97? Sí, el calendario de pagos del IMSS es el mismo para ambos regímenes; no existen diferencias en cuanto a la fecha de dispersión.

¿Cuál es el monto de la pensión mínima garantizada en agosto 2026? Es de $10,636.54 pesos mensuales, monto vigente para todo 2026 bajo el régimen de la Ley 73.

¿Quiénes reciben el aumento del 70% anunciado este mes? Los padres de un asegurado fallecido que no tengan cónyuge, concubino o hijos con derecho a la pensión, y que puedan acreditar dependencia económica del trabajador.

¿Qué hago si mi depósito no llega en la fecha indicada? Puedes llamar al 800 623 23 23, opción 3, o acudir a tu Subdelegación o Unidad de Medicina Familiar para solicitar una aclaración del pago.

Conclusión

El pago de la pensión IMSS de agosto 2026 llegará el lunes 3 de agosto, un ajuste habitual derivado del calendario bancario que no afecta el monto ni la regularidad de los depósitos. Más allá de la fecha, este mes destaca por un cambio relevante en el régimen de la Ley 73: la resolución de la Suprema Corte que eleva del 20% al 90% (un incremento efectivo del 70%) la pensión que reciben los padres de un asegurado fallecido, en ausencia de cónyuge o hijos con derecho al beneficio.

Se recomienda a todos los pensionados y sus familias mantenerse al tanto del calendario oficial publicado por el IMSS, verificar los requisitos vigentes para cada tipo de pensión y, en caso de tener dudas sobre montos o fechas, acudir directamente a los canales oficiales de atención del Instituto para evitar caer en información no verificada o fraudes relacionados con trámites de pensión.

Este artículo se basa en información pública difundida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y medios especializados en seguridad social a la fecha de julio de 2026. Los montos y fechas pueden estar sujetos a actualizaciones oficiales posteriores; se recomienda verificar directamente con el IMSS ante cualquier cambio.

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