En las últimas semanas ha circulado con fuerza la idea de que la Cámara de Diputados ya aprobó un aumento obligatorio del aguinaldo a 30 días de salario para todos los trabajadores de México. Sin embargo, es fundamental aclarar desde el inicio, con toda precisión y sin generar falsas expectativas, que esto todavía no es una realidad jurídica. Lo que existe en este momento es una iniciativa de reforma que fue presentada ante la Cámara de Diputados y que se encuentra en proceso de análisis en comisiones, por lo que aún no ha sido votada en el Pleno ni turnada al Senado, y mucho menos publicada en el Diario Oficial de la Federación. Mientras ese proceso legislativo no concluya, el aguinaldo mínimo obligatorio en México sigue siendo de 15 días de salario, tal como lo establece actualmente la Ley Federal del Trabajo. En este artículo se explica de manera completa, ordenada y verificable qué es exactamente lo que se está discutiendo, quién presentó la propuesta, cómo funcionaría el esquema progresivo que se plantea, cuáles son los antecedentes de este debate legislativo y qué implicaciones fiscales y legales tiene el aguinaldo tal como existe hoy en día.
El aguinaldo en la legislación vigente: lo que la ley obliga hoy
Para entender correctamente el alcance de la iniciativa, es indispensable partir de lo que la ley establece en este momento. El artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que todo trabajador tiene derecho a un aguinaldo anual equivalente, como mínimo, a 15 días de salario, y que dicho pago debe realizarse antes del día 20 de diciembre de cada año. Esta obligación aplica a la relación laboral entre patrones y trabajadores del sector privado, e incluye a quienes no hayan cumplido el año de servicio, en cuyo caso tienen derecho a la parte proporcional del aguinaldo, calculada conforme al tiempo efectivamente laborado durante el ejercicio.
El incumplimiento de esta obligación no es un asunto menor desde el punto de vista legal. El artículo 1002 de la propia Ley Federal del Trabajo contempla sanciones económicas para los patrones que no paguen el aguinaldo, que lo entreguen de forma incompleta o que lo hagan fuera del plazo establecido. Estas multas se calculan en función de la Unidad de Medida y Actualización, conocida como UMA, y pueden ir de 50 hasta 5 mil veces el valor diario de esta unidad. Considerando que la UMA diaria para 2026 se ubica en 117.31 pesos, esto se traduce en sanciones que van desde aproximadamente 5 mil 865 pesos hasta 586 mil 550 pesos, dependiendo de la gravedad y reincidencia de la falta. Además, los trabajadores cuentan con un año a partir del 20 de diciembre para presentar una queja ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, conocida como Profedet, en caso de que su aguinaldo no haya sido cubierto o se haya pagado de manera incompleta.
En materia fiscal, el aguinaldo también tiene un tratamiento particular. Existe un límite de exención de Impuesto Sobre la Renta equivalente a 30 veces la UMA diaria, lo que para 2026 representa un monto de exención de 3 mil 519.30 pesos. Esto significa que si el aguinaldo recibido es igual o menor a esa cantidad, no genera impuesto alguno. En cambio, si el monto rebasa ese límite, el impuesto se calcula únicamente sobre la cantidad excedente, aplicando la tarifa correspondiente prevista en el artículo 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Es decir, no se grava el aguinaldo completo, sino solamente la porción que supera el tope de exención vigente.
La iniciativa que busca llevar el aguinaldo hasta 30 días de salario
Dentro de este contexto normativo es donde se inserta la propuesta que ha generado la conversación pública sobre un posible aumento al aguinaldo. La iniciativa fue presentada por el diputado federal Eduardo Gaona Domínguez, integrante de la bancada de Movimiento Ciudadano, con el objetivo de reformar el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. A diferencia de otras propuestas anteriores que planteaban duplicar de manera inmediata y uniforme el aguinaldo para todos los trabajadores, esta nueva iniciativa introduce un elemento distinto: la progresividad basada en la antigüedad laboral.
El planteamiento central de la propuesta consiste en mantener el piso mínimo actual de 15 días de salario para los trabajadores con menor tiempo de servicio, pero establecer un incremento gradual conforme aumenten los años de permanencia en el empleo, hasta alcanzar un tope máximo de 30 días de salario para quienes acumulen mayor antigüedad. El texto de la iniciativa contempla el siguiente esquema escalonado, según lo que se ha reportado formalmente en el proceso legislativo:
Para los trabajadores con menos de un año de servicio, se mantendría el cálculo proporcional que ya existe actualmente, es decir, el pago correspondiente a los días efectivamente trabajados durante ese periodo. Para quienes tengan de uno a dos años de antigüedad, el aguinaldo continuaría siendo de 15 días de salario, sin ningún cambio respecto a la norma actual. A partir de los tres y hasta los cuatro años de servicio, el aguinaldo se incrementaría a 20 días de salario. Entre los cinco y los siete años de antigüedad, la prestación subiría a 25 días de salario. Finalmente, para los trabajadores que acumulen ocho años de servicio o más, el aguinaldo alcanzaría el máximo propuesto de 30 días de salario.
Es importante mencionar que existe una ligera variación entre distintas versiones y reportes sobre los tramos exactos de esta escala progresiva, ya que algunas fuentes periodísticas han descrito el esquema con cortes ligeramente distintos, por ejemplo, hablando de un aumento a 20 días entre el segundo y tercer año, y a 25 días entre el cuarto y quinto año, llegando a los 30 días a partir del sexto año de servicio. Esta diferencia se debe a que, conforme una iniciativa avanza en el proceso legislativo, es común que sufra ajustes, precisiones o modificaciones en comisiones antes de llegar a una votación definitiva, por lo que los tramos definitivos dependerán del dictamen final que, en su caso, llegue a discutirse en el Pleno.
Los argumentos detrás de la propuesta
De acuerdo con la exposición de motivos presentada por el legislador promovente, el objetivo de la reforma es reconocer de manera progresiva la permanencia, el esfuerzo y la contribución de las personas trabajadoras dentro de sus centros de trabajo, además de fortalecer su ingreso económico al cierre de cada año. El argumento central que sostiene la iniciativa es que el monto actual del aguinaldo, fijado en 15 días de salario desde hace décadas, ha perdido capacidad de compra frente a las transformaciones económicas del país, el incremento sostenido en el costo de la vida y los efectos acumulados de la inflación durante los últimos años.
Desde esta perspectiva, la antigüedad laboral se propone como el criterio técnico para justificar el incremento gradual de la prestación, bajo la idea de que a mayor tiempo de permanencia en un empleo, mayor debería ser el reconocimiento económico que reciba el trabajador al final del año. La iniciativa también precisa que el aguinaldo continuaría considerándose un derecho laboral obligatorio e irrenunciable, por lo que, de aprobarse la reforma, el beneficio aplicaría a todos los trabajadores contemplados dentro de la Ley Federal del Trabajo, incluyendo tanto al personal de base como a otras categorías de trabajadores del sector privado.
Otro elemento relevante de la propuesta es que no busca afectar condiciones ya existentes que sean más favorables para los trabajadores. Esto significa que aquellos contratos individuales o colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo u otros instrumentos laborales que ya contemplen aguinaldos superiores a los mínimos legales, o esquemas más benéficos que los aquí propuestos, conservarían dichas condiciones sin verse reducidas por la nueva disposición, en caso de que esta llegara a aprobarse.
El proceso legislativo pendiente: lo que falta para que sea ley
Resulta esencial detallar con claridad en qué etapa se encuentra actualmente esta iniciativa, precisamente para evitar interpretaciones equivocadas. El proyecto fue turnado a la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados, instancia encargada de analizar, discutir y, en su caso, elaborar un dictamen sobre la propuesta. Este paso es apenas una de las primeras etapas dentro de un proceso legislativo que, en el sistema mexicano, consta de varias fases sucesivas antes de que cualquier reforma pueda entrar en vigor.
Una vez que la comisión correspondiente analiza la iniciativa, puede aprobar un dictamen que la respalde, modificarla, rechazarla o simplemente dejarla pendiente sin resolución, lo cual ha ocurrido con numerosas propuestas similares en años anteriores. En caso de que la comisión apruebe un dictamen favorable, este debe ser sometido a discusión y votación en el Pleno de la Cámara de Diputados. Si resulta aprobado por los diputados, el proyecto pasaría entonces a la Cámara de Senadores, actuando como cámara revisora, donde tendría que repetirse un proceso similar de análisis en comisiones y votación en el Pleno del Senado. Solamente si ambas cámaras del Congreso de la Unión aprueban el mismo texto, la reforma podría ser enviada al Ejecutivo Federal para su promulgación y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación. De acuerdo con lo señalado en los reportes legislativos, las nuevas disposiciones entrarían en vigor al día siguiente de su publicación oficial, en caso de completarse todo este proceso.
Hasta que cada una de estas etapas se cumpla, ningún patrón está legalmente obligado a pagar un aguinaldo superior a los 15 días mínimos que marca la legislación vigente. Es decir, la posibilidad de un aguinaldo de 30 días sigue siendo, por el momento, una propuesta en discusión y no una obligación exigible.
Antecedentes: un debate que se repite desde hace varios años
Este no es el primer intento por incrementar el aguinaldo mínimo en México, y conviene conocer los antecedentes para entender por qué este tema continúa reapareciendo en la agenda legislativa sin haberse concretado hasta ahora. Desde el año 2023, diputados y senadores pertenecientes a distintos partidos políticos han presentado diversas iniciativas con el propósito de elevar la prestación de 15 a 30 días de salario. Para el año 2024, la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado llegó a aprobar un dictamen orientado a duplicar el aguinaldo obligatorio, pero dicha propuesta no alcanzó a discutirse en el Pleno antes de que concluyera el periodo legislativo correspondiente, por lo que el proyecto quedó pendiente sin resolución definitiva.
Durante el año 2025 se registraron nuevos proyectos legislativos con objetivos similares, aunque ninguno de ellos logró ser aprobado. De acuerdo con reportes especializados en seguimiento legislativo, desde que inició la actual legislatura del Congreso de la Unión, identificada como la LXVI Legislatura, el tema del aguinaldo ha permanecido de manera constante en la agenda, acumulándose ya alrededor de ocho proyectos distintos orientados a elevar el piso mínimo de esta prestación, además de otras cuatro iniciativas adicionales enfocadas específicamente en eliminar o modificar el pago del Impuesto Sobre la Renta que en ciertos casos aplica sobre el aguinaldo. Entre las propuestas presentadas a lo largo de estos años, la mayoría plantea establecer un aguinaldo mínimo de 30 días, mientras que la propuesta más conservadora dentro de este conjunto de iniciativas plantea, en cambio, elevar la prestación únicamente hasta 20 días de salario.
Este historial demuestra que, aunque el tema goza de amplio respaldo discursivo entre distintas fuerzas políticas, ha enfrentado obstáculos recurrentes para avanzar hasta una votación definitiva, ya sea por falta de consenso técnico sobre el impacto económico que tendría en las empresas, por la conclusión de periodos legislativos antes de completar el proceso, o por la prioridad que otras reformas han tenido dentro de la agenda del Congreso.
El contraste que ha alimentado la discusión pública
Una parte importante de la atención mediática sobre este tema se debe también al contraste que existe entre el aguinaldo que reciben los propios legisladores federales y el que perciben la mayoría de los trabajadores del país. De acuerdo con los manuales que fijan las remuneraciones de diputados y senadores para el ejercicio fiscal 2026, publicados en el Diario Oficial de la Federación, los legisladores cuentan con un aguinaldo equivalente a 40 días de dieta, lo que representa 25 días más que el mínimo legal que reciben la mayoría de las personas trabajadoras del sector privado bajo el esquema actual de 15 días. Este contraste ha sido señalado en distintos espacios de opinión pública como parte del contexto que motiva las iniciativas para elevar el aguinaldo de los trabajadores en general, aunque se trata de un dato relacionado con las prestaciones específicas del Poder Legislativo, y no de una condición que derive automáticamente en la aprobación de la reforma laboral que aquí se describe.
Qué deben hacer trabajadores y empleadores mientras el proceso continúa
Mientras la iniciativa sigue su curso dentro del Congreso, tanto trabajadores como empleadores deben regirse por la normativa actualmente vigente. Para los patrones, esto significa que la obligación legal continúa siendo el pago de un mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo, antes del 20 de diciembre de cada año, calculado conforme al salario que percibe cada trabajador y, en el caso de quienes no hayan laborado el año completo, conforme a la parte proporcional correspondiente al tiempo efectivamente trabajado. Es recomendable que las empresas mantengan un adecuado registro de antigüedad y de los salarios base de cada trabajador, tanto para el cálculo correcto del aguinaldo vigente como para anticiparse a un eventual cambio normativo en caso de que la reforma llegara a aprobarse en el futuro.
Para los trabajadores, resulta importante conocer que, si su aguinaldo no es cubierto dentro del plazo legal, si se paga de forma incompleta, o si el monto recibido no corresponde a los 15 días mínimos establecidos por la ley, cuentan con la posibilidad de presentar una queja formal ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo dentro del año siguiente a la fecha límite de pago. Asimismo, es útil que los trabajadores revisen si su contrato colectivo, contrato individual o el reglamento interior de trabajo de su empresa ya contempla condiciones más favorables que el mínimo legal, ya que en esos casos el aguinaldo que les corresponde podría ser superior a los 15 días, independientemente de si la reforma legislativa avanza o no.
Conclusión: una propuesta en discusión, no una ley aprobada
En resumen, lo que actualmente existe respecto al aumento del aguinaldo a 30 días en México es una iniciativa de reforma al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por un diputado de Movimiento Ciudadano, que propone un esquema progresivo basado en la antigüedad laboral y que se encuentra en revisión dentro de la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados. Esta propuesta forma parte de un debate legislativo que se ha repetido de manera constante desde 2023, sin que hasta el momento ninguna de las iniciativas presentadas haya logrado completar todo el proceso necesario para convertirse en ley. Mientras la Cámara de Diputados, el Senado y, eventualmente, el Ejecutivo Federal no concluyan formalmente este proceso, el aguinaldo mínimo obligatorio en México continúa siendo de 15 días de salario, y ningún empleador está legalmente obligado a pagar un monto superior derivado de esta iniciativa en particular. Se recomienda a trabajadores y empresas dar seguimiento a los avances de este proceso legislativo a través de los canales oficiales del Congreso de la Unión, con el fin de mantenerse informados de manera precisa sobre cualquier cambio normativo que pudiera concretarse en el futuro.
