Prima Vacacional 2026: El porcentaje obligatorio que deben sumarte al pago de tus días de descanso

Cada año, cuando se acerca la fecha en que un trabajador cumple su aniversario laboral, surge la misma pregunta: ¿cuánto dinero adicional debe pagar el patrón junto con los días de vacaciones? La respuesta está claramente definida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y, aunque el porcentaje legal no ha cambiado, en 2026 el monto que reciben millones de personas trabajadoras en México sí es distinto al de años anteriores. Esto se debe, principalmente, al ajuste en los salarios mínimos y a los efectos que sigue teniendo la reforma de “vacaciones dignas” sobre el cálculo final de esta prestación.

En este artículo se explica, con base en el texto vigente de la ley, qué es la prima vacacional, cuál es el porcentaje mínimo que el patrón está obligado a pagar, cómo se calcula paso a paso, qué pasa si la relación laboral termina antes de completar el año, y qué hacer si un empleador se niega a cubrir esta prestación.

¿Qué es la prima vacacional?

La prima vacacional es una prestación laboral obligatoria contemplada en el artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo. Se trata de una cantidad de dinero adicional que el patrón debe entregar a la persona trabajadora al momento de disfrutar su periodo de vacaciones, sumada al salario que ya le corresponde por esos días de descanso.

Es importante distinguir dos conceptos que suelen confundirse:

  • El pago de los días de vacaciones: es el salario normal que el trabajador recibe por los días en los que no labora, como si hubiera trabajado con normalidad.
  • La prima vacacional: es un monto extra, calculado como un porcentaje sobre ese salario vacacional, cuyo objetivo es que el trabajador cuente con recursos adicionales para disfrutar de su periodo de descanso.

Ambos conceptos son obligatorios y deben aparecer por separado en el recibo de nómina correspondiente.

El porcentaje obligatorio: 25% como mínimo de ley

El artículo 80 de la LFT es claro al establecer que los trabajadores tienen derecho a una prima no menor al 25% sobre los salarios que les correspondan durante el periodo vacacional. Este porcentaje es un piso legal, no un techo: ningún patrón puede pagar menos del 25%, pero sí puede ofrecer un porcentaje mayor si así lo decide o si existe un contrato colectivo, un contrato individual o una política interna que así lo establezca.

En la práctica, algunas empresas otorgan primas vacacionales superiores como parte de sus prestaciones para atraer y retener talento, con porcentajes que pueden llegar al 30%, 50% o incluso 100% del salario correspondiente a los días de vacaciones. Cuando ese porcentaje mayor queda establecido en un contrato o en las condiciones generales de trabajo, se vuelve obligatorio para el patrón y ya no puede reducirse de manera unilateral.

Puntos clave sobre el porcentaje

AspectoDetalle
Porcentaje mínimo legal25% sobre el salario de los días de vacaciones
Fundamento legalArtículo 80 de la Ley Federal del Trabajo
¿Puede ser mayor?Sí, si lo establece el contrato individual, colectivo o la política interna
¿Puede ser menor al 25%?No, en ningún caso
¿Cambió el porcentaje en 2026?No, se mantiene igual que en años anteriores

¿Por qué el pago de la prima vacacional es mayor en 2026 si el porcentaje no cambió?

Aunque el 25% establecido en la ley se mantiene sin modificaciones, el monto final que reciben los trabajadores en 2026 es mayor por dos factores que sí cambiaron:

1. El aumento al salario mínimo

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) determinó un nuevo salario mínimo general vigente desde el 1 de enero de 2026, con un incremento respecto al salario mínimo del año anterior. Como la prima vacacional se calcula tomando como base el salario diario del trabajador, cualquier aumento salarial se traduce automáticamente en un pago mayor por este concepto, sin que sea necesario modificar el porcentaje del 25%.

Esto significa que, entre más alto sea el salario base de una persona trabajadora, mayor será también el monto que reciba por prima vacacional, ya que el cálculo siempre parte del salario vigente al momento del pago.

2. El efecto de la reforma de “vacaciones dignas”

La reforma laboral publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022, conocida popularmente como “vacaciones dignas”, entró en vigor el 1 de enero de 2023 y modificó de forma permanente el artículo 76 de la LFT. Esta reforma duplicó el número de días de vacaciones que corresponden a un trabajador desde su primer año de servicio, pasando de 6 a 12 días laborables.

Como la prima vacacional se calcula sobre el salario de los días de vacaciones, al haberse duplicado esos días también se duplicó, en la práctica, el monto de la prima vacacional que recibe un trabajador de primer año. Antes de la reforma, alguien con un año de antigüedad recibía el 25% del salario de 6 días (equivalente a 1.5 días de salario); actualmente recibe el 25% del salario de 12 días (equivalente a 3 días de salario). Este efecto sigue vigente en 2026 y continúa beneficiando a los trabajadores con menor antigüedad, quienes son los que más se favorecieron con el cambio.

Días de vacaciones por antigüedad en 2026

Para calcular correctamente la prima vacacional, primero es necesario saber cuántos días de vacaciones le corresponden a cada trabajador según su antigüedad. La Ley Federal del Trabajo establece la siguiente escala, vigente desde la reforma de 2022 y aplicable en 2026:

Años de servicioDías de vacaciones
1 año12 días
2 años14 días
3 años16 días
4 años18 días
5 años20 días
6 a 10 años22 días
11 a 15 años24 días
16 a 20 años26 días
21 a 25 años28 días
26 a 30 años30 días
31 a 35 años32 días

A partir del sexto año de servicio, los días de vacaciones aumentan en dos días por cada cinco años trabajados, hasta llegar a un máximo de 32 días con 31 a 35 años de antigüedad. Este esquema aplica para trabajadores con una relación laboral continua; en el caso de quienes laboran por temporada o de manera discontinua, el derecho a vacaciones es proporcional al tiempo efectivamente trabajado durante el año.

Cómo calcular la prima vacacional paso a paso

El cálculo de la prima vacacional es sencillo si se siguen estos pasos en orden:

Paso 1: Identificar el salario diario del trabajador

Se debe tomar el salario diario que percibe la persona trabajadora al momento en que va a disfrutar sus vacaciones, no el salario que tenía al inicio del año laboral, ya que puede haber recibido aumentos en el transcurso del periodo.

Paso 2: Determinar los días de vacaciones que le corresponden

Con base en la tabla de antigüedad anterior, se identifica el número de días de vacaciones a los que tiene derecho el trabajador según su tiempo de servicio.

Paso 3: Calcular el monto correspondiente a los días de vacaciones

Se multiplica el salario diario por el número de días de vacaciones que le corresponden.

Paso 4: Aplicar el 25% sobre ese monto

Al resultado obtenido en el paso anterior se le aplica el 25%, que es el monto mínimo de la prima vacacional.

Ejemplo práctico

Supongamos un trabajador con un año de antigüedad, cuyo salario diario es de 600 pesos:

ConceptoOperaciónResultado
Días de vacaciones (1 año de antigüedad)12 días
Pago de los días de vacaciones600 x 127,200 pesos
Prima vacacional (25%)7,200 x 0.251,800 pesos
Total a recibir7,200 + 1,8009,000 pesos

Este mismo procedimiento se aplica sin importar el nivel salarial del trabajador: lo único que cambia es el salario diario y, en su caso, el número de días de vacaciones según la antigüedad.

¿Cuándo se debe pagar la prima vacacional?

La prima vacacional no tiene una fecha fija dentro del calendario, ya que su pago está ligado al momento en que cada trabajador disfruta de sus vacaciones, y esa fecha depende del aniversario laboral de cada persona. El artículo 81 de la LFT obliga al patrón a otorgar el periodo vacacional dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que el trabajador cumpla un año de servicio, y la prima debe cubrirse junto con esas vacaciones, antes de que el trabajador comience a disfrutarlas.

Si el trabajador toma sus vacaciones de forma fraccionada, es decir, en distintos periodos a lo largo del año, la prima vacacional se paga de manera proporcional a los días que efectivamente disfruta en cada ocasión, siempre respetando que el porcentaje aplicado nunca sea inferior al 25%.

¿Qué pasa si termina la relación laboral antes de cumplir el año?

Uno de los puntos que más dudas genera es qué sucede cuando un trabajador es despedido o renuncia antes de completar su año de servicio. En estos casos, la ley establece que el trabajador tiene derecho a recibir una parte proporcional tanto de los días de vacaciones como de la prima vacacional, calculada en función del tiempo efectivamente laborado durante ese periodo incompleto.

Este derecho es independiente de la causa por la que termina la relación laboral, por lo que aplica tanto en renuncias voluntarias como en despidos, justificados o injustificados. El cálculo proporcional se realiza dividiendo el número de días trabajados entre 365 y multiplicando ese resultado por los días de vacaciones y la prima que le corresponderían si hubiera cumplido el año completo.

Tratamiento fiscal de la prima vacacional

La prima vacacional está sujeta a un tratamiento especial en materia de Impuesto Sobre la Renta (ISR). De acuerdo con el artículo 93, fracción XIV, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, esta prestación está exenta de impuestos hasta por un monto equivalente a 15 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Para 2026, el valor diario de la UMA es de 117.31 pesos, por lo que el límite exento equivale aproximadamente a 1,759.65 pesos. Si el monto de la prima vacacional que recibe un trabajador es igual o menor a esa cantidad, no se retiene ISR sobre ella. En cambio, si la prima vacacional supera ese límite, únicamente la diferencia entre el monto recibido y el tope exento se considera ingreso gravable y está sujeta a retención.

Es responsabilidad del patrón calcular correctamente qué parte de la prima vacacional está exenta y cuál es gravable, reflejando ambos conceptos de forma clara en el recibo de nómina.

¿Qué hacer si el patrón no paga la prima vacacional?

El pago de la prima vacacional es una obligación irrenunciable para el patrón, respaldada por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet). Si un trabajador no recibe este pago, puede seguir estos pasos:

  1. Solicitar el pago de manera formal, preferentemente por escrito, dejando constancia de la fecha en que se hizo la solicitud.
  2. Acudir a la Profedet para recibir orientación y asesoría laboral gratuita sobre el procedimiento a seguir.
  3. Iniciar el proceso de conciliación, obligatorio desde la reforma laboral de 2022, ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral que corresponda, antes de poder presentar una demanda formal.
  4. Presentar una demanda ante el Tribunal Laboral competente si no se llega a un acuerdo durante la conciliación, con la posibilidad de solicitar representación legal de la propia Profedet.

Es importante tener en cuenta que existe un plazo de un año para reclamar el pago de la prima vacacional, contado a partir de la fecha en que debió haberse cubierto. Después de ese periodo, el derecho a reclamarla por la vía legal puede prescribir.

Puntos que todo trabajador debe recordar sobre la prima vacacional en 2026

Para cerrar, conviene tener presentes los aspectos más importantes de esta prestación, tal como está regulada actualmente:

  • El porcentaje mínimo obligatorio sigue siendo del 25% sobre el salario de los días de vacaciones, sin cambios respecto a años anteriores.
  • El monto final que reciben los trabajadores en 2026 es mayor debido al incremento en los salarios mínimos vigente desde enero de este año.
  • La reforma de “vacaciones dignas” de 2022 sigue teniendo un efecto directo sobre el cálculo, al haber duplicado los días de vacaciones desde el primer año de servicio.
  • La prima vacacional no puede pagarse en dinero en sustitución de las vacaciones, salvo en los casos específicos previstos por la ley, como la terminación anticipada de la relación laboral.
  • Existe una exención de ISR sobre esta prestación hasta por el equivalente a 15 UMAs diarias.
  • El plazo para reclamar su pago ante las autoridades laborales es de un año.

Conocer con precisión cómo se calcula la prima vacacional permite a los trabajadores verificar que están recibiendo lo que legalmente les corresponde, y a los empleadores cumplir de manera correcta con sus obligaciones frente a la Ley Federal del Trabajo, evitando así reclamaciones o sanciones derivadas de un cálculo incompleto o erróneo.

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