Tabla de Indemnización por Despido Injustificado según la LFT: Calcula Cuánto Te Toca

Cuando una persona trabajadora es despedida sin causa justificada en México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) le otorga un conjunto de derechos económicos que buscan compensar la pérdida abrupta de su empleo. Sin embargo, uno de los principales problemas que enfrentan miles de trabajadores cada año es no saber exactamente cuánto dinero les corresponde ni cómo se calcula. Este artículo explica, de forma clara, completa y apegada a la legislación vigente, cómo funciona la indemnización por despido injustificado, qué conceptos la integran, cómo se calcula cada uno de ellos y qué pasos debe seguir una persona trabajadora para exigir su pago.

¿Qué es un despido injustificado según la LFT?

Un despido injustificado ocurre cuando el patrón termina la relación laboral sin que exista alguna de las causales establecidas en el Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, o bien, cuando existiendo una causa, esta no puede comprobarse ante la autoridad laboral competente. Entre las situaciones más comunes que constituyen un despido injustificado se encuentran:

  • El patrón notifica verbalmente la terminación del contrato sin argumento legal alguno.
  • Se reduce el salario o se modifican las condiciones de trabajo de forma unilateral hasta obligar al trabajador a renunciar.
  • Se despide a la persona sin entregar el aviso de rescisión por escrito que exige la ley.
  • El patrón alega una causa de despido, pero no logra acreditarla ante la Junta de Conciliación y Arbitraje o el Tribunal Laboral correspondiente.
  • Se despide a una trabajadora embarazada, a una persona sindicalizada por su actividad sindical, o se incurre en cualquier otra forma de discriminación prohibida por el Artículo 133 de la LFT.

Cuando se configura alguno de estos escenarios, la persona trabajadora tiene derecho a elegir entre dos caminos: solicitar su reinstalación en el puesto de trabajo o exigir el pago de una indemnización constitucional, además de las prestaciones que se hayan generado durante la relación laboral.

Fundamento legal de la indemnización

El derecho a la indemnización por despido injustificado no es una costumbre ni una práctica opcional del patrón: está establecido de manera expresa en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y desarrollado en la Ley Federal del Trabajo. Los artículos más relevantes son:

  • Artículo 123, fracción XXII de la Constitución, que reconoce el derecho del trabajador despedido injustificadamente a elegir entre la reinstalación o la indemnización.
  • Artículo 48 de la LFT, que regula la indemnización constitucional equivalente a tres meses de salario y los salarios vencidos.
  • Artículo 49 de la LFT, que señala los casos excepcionales en los que el patrón puede negarse a la reinstalación pagando la indemnización correspondiente.
  • Artículo 50 de la LFT, que establece las indemnizaciones cuando no existe relación de trabajo por causas imputables al patrón.
  • Artículo 162 de la LFT, que regula la prima de antigüedad.
  • Artículos 76 a 80 de la LFT, relativos a vacaciones, prima vacacional y aguinaldo, cuyas partes proporcionales deben liquidarse al término de la relación laboral.

Conceptos que integran la indemnización por despido injustificado

Para entender realmente cuánto le corresponde a una persona despedida injustificadamente, es indispensable desglosar cada uno de los conceptos que la ley reconoce. No se trata de un solo pago, sino de la suma de varios rubros que, juntos, conforman el finiquito o liquidación total.

1. Indemnización constitucional de tres meses de salario

Este es el concepto central cuando el trabajador opta por no ser reinstalado. Consiste en el pago de 90 días de salario, calculado con base en el salario diario integrado, es decir, el salario que incluye las prestaciones que forman parte del ingreso habitual del trabajador (bonos fijos, comisiones regulares, gratificaciones periódicas, entre otros conceptos que la LFT reconozca como parte integrante del salario).

Fórmula: Salario diario integrado × 90 días

2. Veinte días de salario por año de servicios

De acuerdo con el Artículo 50, fracción II, cuando la relación de trabajo es por tiempo indeterminado y el patrón se niega a reinstalar al trabajador en los casos permitidos por el Artículo 49, o cuando el propio trabajador decide no solicitar la reinstalación, se debe pagar una indemnización adicional equivalente a 20 días de salario por cada año de servicios prestados. Si el trabajador tiene una fracción de año superior a seis meses, esta se considera como año completo para efectos de este cálculo; si es menor, se calcula la parte proporcional.

Fórmula: Salario diario integrado × 20 días × años de servicio (con la fracción proporcional correspondiente)

3. Prima de antigüedad

Regulada por el Artículo 162 de la LFT, la prima de antigüedad consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicios prestados. A diferencia de otros conceptos, este pago tiene un tope legal: el salario que se utiliza para el cálculo no puede exceder el doble del salario mínimo general vigente en el área geográfica donde preste sus servicios el trabajador.

Para 2026, el salario mínimo general en México es de 315.04 pesos diarios, por lo que el tope para el cálculo de la prima de antigüedad equivale a 630.08 pesos diarios. En la Zona Libre de la Frontera Norte, donde el salario mínimo es de 440.87 pesos diarios, el tope correspondiente es de 881.74 pesos diarios. Esto significa que, aunque el trabajador gane un salario diario mayor a estos montos, para efectos exclusivos de la prima de antigüedad se utilizará el salario mínimo topado, salvo que su salario real sea menor a dicho tope, en cuyo caso se utiliza el salario real.

Es importante aclarar que la prima de antigüedad se genera y se paga en cualquier tipo de terminación laboral, ya sea despido justificado, injustificado, renuncia voluntaria (siempre que se cumplan 15 años de servicio) o incluso jubilación, aunque los montos y condiciones pueden variar según el caso.

Fórmula: Salario diario topado (el menor entre el salario real y el doble del salario mínimo) × 12 días × años de servicio

4. Salarios vencidos o caídos

Cuando el trabajador demanda judicialmente el despido injustificado, ya sea que solicite la reinstalación o la indemnización, tiene derecho al pago de los salarios que se hayan dejado de percibir desde la fecha del despido hasta que se resuelva el conflicto, con un límite máximo de 12 meses, de acuerdo con la reforma del Artículo 48 de la LFT. Una vez transcurrido ese periodo, si el juicio continúa, se generan intereses sobre 15 meses de salario a una tasa equivalente al 2% mensual, en sustitución de los salarios vencidos adicionales, mientras el asunto no se resuelva de forma definitiva.

Fórmula: Salario diario × días transcurridos entre el despido y la resolución del conflicto (máximo 365 días o 12 meses)

5. Aguinaldo proporcional

Independientemente de la causa de terminación laboral, el trabajador tiene derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo correspondiente al tiempo laborado durante el año en curso. La LFT establece un mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo anual, aunque muchos contratos colectivos o individuales pactan un número mayor de días.

Fórmula: (Salario diario × 15 días / 365 días) × días trabajados en el año

6. Vacaciones y prima vacacional proporcionales

De acuerdo con la reforma al Artículo 76 de la LFT vigente desde 2023, el periodo vacacional mínimo es de 12 días para el primer año de servicio, aumentando 2 días por cada año subsecuente hasta llegar al cuarto año, y posteriormente incrementando 2 días por cada 5 años de servicio. Además, sobre los días de vacaciones generados se debe pagar una prima vacacional equivalente al 25% del salario correspondiente a dichos días, como mínimo.

Cuando el trabajador es despedido antes de haber disfrutado sus vacaciones, tiene derecho a que se le pague la parte proporcional tanto de los días de vacaciones como de la prima vacacional, en relación con el tiempo efectivamente laborado.

Fórmula vacaciones proporcionales: (Días de vacaciones que correspondan según antigüedad / 365 días) × días trabajados en el año

Fórmula prima vacacional: Días de vacaciones proporcionales × salario diario × 25%

Tabla resumen de conceptos para el cálculo de la indemnización

ConceptoBase legalFórmula de cálculoTope o límite
Indemnización constitucionalArtículo 48 LFTSalario diario integrado × 90 díasNo tiene tope
20 días por añoArtículo 50, fracción II LFTSalario diario × 20 días × años de servicioNo tiene tope
Prima de antigüedadArtículo 162 LFTSalario diario topado × 12 días × años de servicioDoble del salario mínimo vigente
Salarios vencidosArtículo 48 LFTSalario diario × días transcurridosMáximo 12 meses
Aguinaldo proporcionalArtículo 87 LFT(Salario diario × 15 días / 365) × días trabajadosMínimo 15 días, puede ser mayor
Vacaciones proporcionalesArtículo 76 LFT(Días de vacaciones / 365) × días trabajadosSegún tabla de antigüedad
Prima vacacionalArtículo 80 LFTVacaciones proporcionales × 25%Mínimo 25%

Ejemplo práctico de cálculo

Para ilustrar cómo se aplican estas fórmulas en un caso real, se presenta el siguiente ejemplo con datos hipotéticos, útiles únicamente para fines ilustrativos:

Supongamos que un trabajador con un salario diario integrado de 800 pesos es despedido injustificadamente después de haber laborado 5 años exactos para la misma empresa, y opta por no solicitar la reinstalación.

  • Indemnización constitucional: 800 × 90 = 72,000 pesos
  • 20 días por año: 800 × 20 × 5 = 80,000 pesos
  • Prima de antigüedad: dado que el salario de 800 pesos supera el tope de 630.08 pesos (doble del salario mínimo 2026), se utiliza este tope: 630.08 × 12 × 5 = 37,804.80 pesos
  • Aguinaldo proporcional (suponiendo 6 meses trabajados en el año del despido): (800 × 15 / 365) × 180 = 5,917.80 pesos
  • Vacaciones proporcionales (con 5 años de antigüedad corresponden 16 días anuales): (16 / 365) × 180 = 7.89 días → 7.89 × 800 = 6,315.06 pesos
  • Prima vacacional: 6,315.06 × 25% = 1,578.76 pesos

Total aproximado de la indemnización: 203,616.42 pesos, sin contar los salarios vencidos que pudieran generarse durante el juicio laboral.

Este ejemplo es meramente ilustrativo. Cada caso concreto depende de variables como el salario real integrado, la antigüedad exacta, las prestaciones adicionales pactadas y el tiempo transcurrido durante el proceso legal.

Diferencia entre indemnización, finiquito y liquidación

Es común que estos tres términos se utilicen indistintamente, pero tienen significados distintos dentro del derecho laboral mexicano:

  • El finiquito corresponde a las prestaciones que el trabajador ya generó durante su relación laboral, independientemente de la causa de terminación: salarios pendientes de pago, aguinaldo proporcional, vacaciones proporcionales y prima vacacional.
  • La liquidación se refiere específicamente a los pagos derivados de una terminación de la relación laboral sin causa justificada, e incluye la indemnización constitucional, los 20 días por año y la prima de antigüedad.
  • La indemnización es, en sentido estricto, el conjunto de pagos que compensan al trabajador por la pérdida injustificada de su empleo, integrado principalmente por los tres meses de salario y los 20 días por año.

En la práctica, cuando se habla de “cuánto te toca por despido injustificado”, generalmente se hace referencia a la suma de finiquito más liquidación, es decir, todos los conceptos explicados anteriormente.

Pasos a seguir si fuiste despedido injustificadamente

  1. Solicita por escrito el aviso de rescisión. El patrón está obligado a entregarlo, señalando la fecha y la causa del despido. Si se niega, esto refuerza la posición del trabajador ante la autoridad laboral.
  2. Reúne evidencia de la relación laboral. Recibos de nómina, contrato de trabajo, comprobantes de pago, correos electrónicos, mensajes o cualquier otro documento que acredite el salario percibido y la antigüedad.
  3. Acude a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo de tu estado, donde puedes recibir asesoría legal gratuita.
  4. Intenta la conciliación previa. Desde la reforma laboral de 2019, es obligatorio agotar una etapa de conciliación ante el Centro de Conciliación y Registro Laboral correspondiente antes de iniciar un juicio.
  5. Presenta la demanda laboral ante el Tribunal Laboral competente si no se logra un acuerdo en la conciliación, solicitando el pago de la indemnización, el finiquito y los salarios vencidos que correspondan.
  6. Respeta los plazos legales. El Artículo 517 de la LFT establece un plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la fecha del despido, para que el trabajador ejercite su acción ante la autoridad laboral.

Recomendaciones finales

Conocer con precisión los conceptos que integran la indemnización por despido injustificado permite a los trabajadores exigir lo que legalmente les corresponde y evitar que se les ofrezcan liquidaciones incompletas o por debajo de lo establecido en la ley. Es recomendable que, ante cualquier duda sobre el cálculo específico de un caso, la persona trabajadora busque asesoría de un abogado laboralista o acuda directamente a las instancias gubernamentales creadas para este fin, como la PROFEDET, que ofrece orientación y representación legal sin costo.

Cada situación laboral tiene particularidades que pueden modificar el resultado final del cálculo, por lo que las fórmulas y ejemplos presentados en este artículo deben tomarse como una guía general y no como un dictamen legal definitivo. La legislación laboral mexicana está diseñada para proteger los derechos de los trabajadores, y conocerla a fondo es el primer paso para ejercerlos de manera efectiva.

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