El aguinaldo vuelve a colocarse en el centro del debate legislativo en México. Después de años de discusiones sobre la posibilidad de duplicar esta prestación de 15 a 30 días de salario, en 2026 ha tomado fuerza una propuesta distinta: en lugar de un aumento parejo para todos los trabajadores, el incremento se aplicaría de forma escalonada según los años de servicio que cada persona tenga dentro de su empresa. Este nuevo enfoque, impulsado desde la Cámara de Diputados, busca reconocer no solo el trabajo realizado durante el año, sino también la permanencia, el compromiso y la contribución acumulada de cada trabajador con su centro laboral.
A continuación se explica con detalle en qué consiste esta iniciativa, cómo quedaría distribuido el aguinaldo por rangos de antigüedad, qué dice actualmente la ley, cuál es el estatus real del proceso legislativo y qué deben saber los trabajadores y empleadores mientras la reforma sigue en discusión.
Qué es el aguinaldo y qué establece la ley vigente
El aguinaldo es una prestación laboral obligatoria en México, contemplada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). De acuerdo con este artículo, toda persona trabajadora con una relación laboral subordinada tiene derecho a recibir, como mínimo, 15 días de salario cada año. La ley también establece que este pago debe realizarse antes del 20 de diciembre, y que quienes no hayan laborado el año completo tienen derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo efectivamente trabajado.
Este monto mínimo de 15 días permanece prácticamente sin modificaciones desde 1970, año en el que se estableció esta prestación en su forma actual. Diversos legisladores y organizaciones han señalado que, mientras el costo de vida y las necesidades económicas de las familias mexicanas han aumentado de manera considerable en las últimas décadas, el piso legal del aguinaldo se ha mantenido congelado, lo que ha generado un desfase entre la prestación original y la realidad económica actual.
Es importante subrayar que estos 15 días representan únicamente el mínimo de ley. Muchas empresas, especialmente en el sector formal y en contratos colectivos de trabajo, ya otorgan aguinaldos superiores, de 20, 30 o incluso más días, como parte de sus políticas internas o de negociaciones sindicales. Sin embargo, para una gran parte de la población trabajadora, sobre todo en pequeñas y medianas empresas, el mínimo legal sigue siendo el estándar.
La nueva propuesta: aumento progresivo según la antigüedad
La iniciativa que ha generado mayor atención durante 2026 fue presentada por el diputado Eduardo Gaona Domínguez, integrante de Movimiento Ciudadano, con el objetivo de reformar el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. A diferencia de otras propuestas anteriores que planteaban duplicar de manera inmediata el aguinaldo a 30 días para todos los trabajadores sin distinción, esta nueva iniciativa introduce un esquema escalonado que vincula el monto de la prestación con los años de servicio acumulados en la misma empresa.
Según la propuesta, el esquema de incremento quedaría estructurado de la siguiente manera:
Trabajadores con uno a dos años de antigüedad continuarían recibiendo el mínimo actual, equivalente a 15 días de salario. Quienes acumulen entre tres y cuatro años de antigüedad tendrían derecho a 20 días de salario. Los trabajadores con cinco a siete años de servicio recibirían 25 días de salario. Finalmente, aquellos que alcancen ocho años o más de antigüedad en la misma empresa tendrían derecho al monto máximo propuesto: 30 días de salario como aguinaldo.
Bajo este modelo, las personas que aún no cumplan un año laborando conservarían su derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo efectivamente trabajado, tal como ya lo establece la legislación vigente.
El diputado promotor de la iniciativa ha explicado que este mecanismo busca premiar la lealtad y la estabilidad laboral, reconociendo que un trabajador con varios años dentro de una misma organización ha contribuido de manera sostenida a su crecimiento y productividad. De esta forma, el aguinaldo dejaría de ser una prestación estática para convertirse en un beneficio que también refleja la trayectoria del trabajador dentro de la empresa.
Otras propuestas legislativas que también están sobre la mesa
Es fundamental entender que la iniciativa del diputado Gaona Domínguez no es la única que actualmente se discute en el Congreso. De acuerdo con el seguimiento legislativo realizado por medios especializados, existen al menos ocho iniciativas distintas orientadas a ampliar el monto del aguinaldo, además de al menos cuatro proyectos adicionales que buscan que esta prestación quede exenta del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Entre estas propuestas también se encuentra una iniciativa publicada en la Gaceta Parlamentaria el 25 de marzo de 2026, la cual plantea un modelo progresivo con plazos distintos al de la propuesta más reciente. En este esquema anterior, el aguinaldo sería de 15 días durante el primer año de servicio, aumentaría a 20 días entre el segundo y el tercer año, subiría a 25 días durante el cuarto y quinto año, y alcanzaría los 30 días a partir del sexto año de antigüedad.
Asimismo, existen propuestas de mayor alcance que buscan establecer directamente 30 días de aguinaldo para todos los trabajadores desde su primer año de labores, sin importar la antigüedad. Esta idea ha sido denominada coloquialmente en redes sociales como el “aguinaldo doble”, ya que representaría duplicar de manera inmediata el mínimo actual. No obstante, este tipo de propuestas ha generado mayor resistencia entre el sector empresarial, principalmente por el impacto financiero que implicaría para las micro, pequeñas y medianas empresas, que representan una parte significativa del tejido productivo del país.
La existencia de múltiples iniciativas con enfoques distintos refleja que el tema del aguinaldo continúa siendo objeto de debate y que aún no existe consenso legislativo sobre cuál sería el modelo definitivo a adoptar, en caso de que finalmente se apruebe alguna reforma.
Por qué se plantea un modelo escalonado y no un aumento parejo
Uno de los principales argumentos a favor del esquema progresivo por antigüedad es que permite equilibrar dos objetivos que, en apariencia, resultan contradictorios: por un lado, mejorar el ingreso de los trabajadores mediante un aguinaldo más alto, y por otro, evitar un impacto financiero excesivo e inmediato para las empresas, especialmente las de menor tamaño.
Los sectores empresariales han manifestado en diversas ocasiones su preocupación por el efecto que tendría duplicar de manera automática el aguinaldo para toda la fuerza laboral, argumentando que muchas micro y pequeñas empresas no cuentan con la capacidad financiera para absorber ese incremento de forma inmediata. El esquema escalonado, al vincular el aumento con la antigüedad, distribuye el impacto económico de manera gradual, ya que no todos los trabajadores de una empresa alcanzarían el monto máximo de 30 días al mismo tiempo, sino que este beneficio se iría alcanzando conforme cada persona acumule más años de servicio.
Además, quienes respaldan esta propuesta consideran que reconocer la antigüedad como criterio para el aumento del aguinaldo envía un mensaje distinto: incentiva la permanencia laboral y reduce la rotación de personal, un fenómeno que afecta la productividad de muchas empresas en México. Bajo esta lógica, el aguinaldo dejaría de ser exclusivamente una prestación de fin de año y se convertiría también en una herramienta de retención de talento.
El contexto laboral en México: cifras que respaldan la discusión
Para dimensionar el alcance potencial de esta reforma, resulta relevante conocer algunos datos sobre la situación laboral del país. De acuerdo con la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), durante el primer trimestre de 2026 se contabilizaron 59.6 millones de personas ocupadas en México. De ese total, 41.1 millones correspondían a trabajadoras y trabajadores subordinados y remunerados, es decir, personas que reciben un salario de un patrón, lo que representa el 68.9 por ciento del total de la población ocupada.
Sin embargo, la misma encuesta revela un desafío estructural relevante: 32.6 millones de personas trabajaban bajo alguna modalidad de informalidad laboral, lo que equivale al 54.8 por ciento de la población ocupada total. Adicionalmente, se estima que el 47 por ciento de las personas ocupadas percibía ingresos de hasta un salario mínimo.
Estas cifras son importantes porque permiten entender que, si bien una reforma al artículo 87 de la LFT beneficiaría directamente a millones de trabajadores del sector formal, existe también una proporción considerable de la fuerza laboral que se encuentra en la informalidad y que, por lo tanto, no estaría cubierta por este tipo de cambios legislativos, ya que las prestaciones de ley solo aplican a relaciones laborales formalmente reconocidas.
Cuál es el estatus actual de la reforma
Es importante ser muy claro en este punto: hasta el momento, ninguna de las iniciativas para aumentar el aguinaldo, ya sea de manera progresiva por antigüedad o de forma general para todos los trabajadores, ha sido aprobada por la Cámara de Diputados ni por el Senado de la República. Esto significa que, actualmente, el mínimo legal vigente para el pago del aguinaldo continúa siendo de 15 días de salario, conforme a lo que establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo en su redacción actual.
La fecha límite para el pago del aguinaldo, establecida por la ley, sigue siendo el 20 de diciembre de cada año, y los patrones únicamente están obligados a pagar un monto superior a los 15 días si así lo establece el contrato individual de trabajo, el contrato colectivo, o las políticas internas de la empresa.
Para que cualquiera de estas propuestas se convierta en ley, debe seguir el proceso legislativo correspondiente: primero debe ser analizada y dictaminada en comisiones dentro de la Cámara de Diputados, posteriormente discutida y votada en el pleno de dicha cámara, para después pasar a la Cámara de Senadores, donde deberá repetirse el proceso de análisis, discusión y votación. Solo si ambas cámaras aprueban la reforma, esta sería enviada al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). De acuerdo con lo planteado en las iniciativas, las nuevas disposiciones entrarían en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.
Este proceso puede tomar tiempo considerable, y no existe garantía de que las iniciativas actuales sean aprobadas en su forma original, ya que suelen sufrir modificaciones durante su análisis en comisiones y en el pleno legislativo.
Qué significa esto para los trabajadores en 2026
Mientras la reforma continúa en discusión, es fundamental que los trabajadores tengan claridad sobre su situación actual. En este momento, la obligación legal de cualquier empleador en México sigue siendo el pago de un mínimo de 15 días de salario por concepto de aguinaldo, antes del 20 de diciembre. Cualquier monto superior a este mínimo dependerá de lo establecido en el contrato laboral individual, en el contrato colectivo de trabajo, o en las políticas internas de cada empresa, pero no constituye, por el momento, una obligación derivada de la ley.
Es recomendable que los trabajadores revisen su contrato laboral y, en caso de contar con representación sindical, consulten con su sindicato las condiciones específicas que aplican en su caso, ya que muchas empresas y sectores ya ofrecen aguinaldos superiores al mínimo legal como parte de sus prestaciones habituales.
En caso de que alguna de estas iniciativas avance y sea finalmente aprobada, es previsible que su entrada en vigor no sea retroactiva al ejercicio fiscal 2026, sino que aplicaría a partir del aguinaldo correspondiente al año en que la reforma sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, salvo que el texto legal aprobado establezca disposiciones transitorias distintas.
Qué significa esto para las empresas y empleadores
Para los empleadores, especialmente para las micro, pequeñas y medianas empresas, resulta importante dar seguimiento a este proceso legislativo, ya que una eventual reforma al artículo 87 de la LFT implicaría ajustes en la planeación financiera y en el presupuesto destinado al pago de prestaciones de fin de año. El esquema progresivo por antigüedad, al distribuir el incremento de manera gradual entre los distintos rangos de años de servicio, representa un escenario de transición más manejable en comparación con un aumento inmediato y generalizado a 30 días para toda la plantilla laboral.
Las empresas con una alta proporción de personal con varios años de antigüedad podrían experimentar un mayor impacto presupuestal en caso de aprobarse esta reforma, mientras que aquellas con plantillas laborales más jóvenes o con mayor rotación de personal verían un efecto financiero más moderado, al menos en el corto plazo, ya que la mayoría de sus trabajadores se ubicaría en los rangos iniciales de antigüedad, donde el monto del aguinaldo se mantendría en 15 o 20 días.
Reflexión final sobre el futuro del aguinaldo en México
El debate sobre el aumento del aguinaldo no es nuevo, pero el enfoque progresivo basado en la antigüedad representa un cambio de perspectiva importante respecto a las propuestas anteriores. En lugar de plantear un incremento uniforme para toda la población trabajadora, esta iniciativa busca un punto intermedio que reconozca la permanencia laboral sin representar una carga financiera excesiva e inmediata para las empresas.
Con al menos ocho iniciativas relacionadas con el aumento del aguinaldo actualmente en discusión dentro del Congreso de la Unión, además de los proyectos orientados a exentar esta prestación del pago de impuestos, es previsible que el tema continúe generando debate durante los próximos periodos legislativos. Sin embargo, hasta que exista una aprobación formal por parte de ambas cámaras y su correspondiente publicación en el Diario Oficial de la Federación, el marco legal vigente seguirá siendo el establecido por el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: un mínimo de 15 días de salario, pagadero antes del 20 de diciembre de cada año.
Los trabajadores y empleadores deben mantenerse informados a través de fuentes oficiales y del seguimiento legislativo correspondiente, ya que cualquier cambio en las condiciones actuales dependerá exclusivamente de la aprobación formal de estas iniciativas por parte del Poder Legislativo y de su posterior publicación conforme a los procedimientos establecidos por la ley.
